Comentario
El matrimonio romano es un acto privado, ningún poder público tiene que sancionarlo y no existen contratos matrimoniales. Bien es cierto que conocemos procedimientos matrimoniales, en concreto tres: el más antiguo se manifiesta cuando el pater familias posee a su familia durante un año ininterrumpidamente, pudiendo ser disuelto cuando pasa tres noches consecutivas fuera del lecho conyugal. El segundo procedimiento consiste en la realización de un sacrificio en honor de Júpiter ante su sacerdote y el Pontífice; el sacrificio consiste en la ofrenda de un pan de trigo. El tercero era una falsa compra que se realizaba en presencia del padre de la novia, cinco testigos y el portador de la balanza.
El divorcio era legal aunque sólo estaba justificado en determinados casos como "el adulterio, el beber vino o la falsificación de la llave de la cella vinaria". Durante el Alto Imperio el fenómeno se generalizará y se agilizarán los trámites necesarios.
La llegada del cristianismo provocó la realización de un acto donde se bendecía religiosamente el matrimonio y la limitación del divorcio a tres supuestos: adulterio femenino, que la esposa fuera alcahueta o que se dedicara a violar tumbas.